El Ayuntamiento colabora en la gestión de ayudas por los daños de la gota fría a viviendas particulares
Ayudas previstas con motivo de los daños causados por la tormenta del pasado 14 de septiembre, conforme al Real Decreto 307/2005:
No incluye la posibilidad de subvencionar viviendas no habituales, así como dependencias no destinadas a uso residencial (patios, jardines, piscinas, etc), ni daños de naturaleza agrícola (cultivos, carriles agrícolas, infraestructuras de riego, muros de contención, invernaderos, etc).
La cuantía de la ayuda se establece en función de los ingresos anuales de la unidad familiar y del tipo de daños causados en la vivienda.
Además, se debe presentar la siguiente documentación:
– Anexo 1 (modelo solicitud oficial según Real Decreto 307/2005) A rellenar en el Ayuntamiento
– Certificado de Convivencia
– Documento que acredite la titularidad de la vivienda afectada
– En caso de tener asegurada la vivienda, copia de la póliza suscrita
– Informe municipal de valoración, que podrá solicitar en este Ayuntamiento
El plazo de presentación de la solicitud de ayudas será ANTES DE LAS 24:00 HORAS DEL PRÓXIMO DÍA 20 DE NOVIEMBRE, en el registro de la Subdelegación del Gobierno en Granada (C/Gran Vía de Colón, 50) (Teléfono: 958 909000)